HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE

Municipalidad de EL HOYO

Provincia de CHUBUT

Excepción a la Ordz. N° 36/1985 Carlos Marcos

VISTO:
La nota presentada por el Sr. Carlos Marcos con fecha 30 de Marzo de 1989;

CONSIDERANDO:
Qué por la misma solicita se le otorgue el beneficio de poder mensurar una fracción de terreno menor de 4 has. Del lote 65;

Qué las mismas serán utilizadas para la explotación y elaboración de fruta fina;

Qué permitirá la radicación del Sr. Marcos y su Sra. Esposa, profesionales en la especialidad odontología;

Qué según lo expuesto en la nota está la intención de instalar un consultorio odontológico en la zona;

Qué éste Honorable Consejo Deliberante mantiene el objetivo de estimular y colaborar con pobladores decididos a modificar tierras improductivas, es posible exceptuar este caso de las prescripciones de la ordenanza Nº 036/85;

POR ELLO:
Y en uso de las facultades que le son propias;

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE SANCIONA Y PROMULGA CON FUERZA DE

ORDENANZA

Artículo Nº1: EXEPTUASE de las prescripciones de la Ordenanza 036/85 el fraccionamiento a efectuar por el Sr. Carlos Marcos en el lote 65.-

Artículo N°2: Notifíquese, Regístrese. dese a Publicidad y Cumplido, Archívese. -

Municipalidad de El Hoyo, 29 de Mayo de 1989. -