HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE

Municipalidad de EL HOYO

Provincia de CHUBUT

Adhiere ley provincial 3233. Ref. recibir coparticipación

VISTO:
El Artículo 9 de la Ley Provincial 3233 Y;

CONSIDERANDO:
Qué la Comisión de Fomento El Hoyo debe adherirse a la Ley Provincial Nº 3233 para poder percibir los fondos correspondientes a la coparticipación de Ingresos Brutos derivados de la actividad Ganadera;

POR ELLO:
Y en uso de las facultades que le son propias;

EL HONORABLE CONSEJO DELIBERANTE SANCIONA Y PROMULGA CON FUERZA DE

ORDENANZA

Artículo Nº1: ADHERIR al régimen de la Ley Provincial 3233.-

Articulo N°2: COMUNÍQUESE a la Subsecretaría de Hacienda y Finanzas. -

Artículo Nº3: Notifíquese, Regístrese y Cumplido, Archívese. -

Municipalidad de El Hoyo, 30 de Mayo de 1989.-