HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE

Municipalidad de EL HOYO

Provincia de CHUBUT

Derogar Ordz. N° 04/1989

VISTO:
La Ordenanza 001/89;

CONSIDERANDO:
Qué con anterioridad a esta Administración se donó por Ordenanza 04/86 sin cargo al Consejo Provincial de Educación una superficie de terreno identificada como Fracción B de la Manzana 6 de la localidad de El Hoyo;

Qué el mencionado terreno no se encuentra en el lugar apropiado,

Qué sus dimensiones no son las adecuadas para el correcto funcionamiento de un establecimiento educacional primario;

Por ordenanza 001/89 se donó sin cargo un terreno al Concejo Provincial de Educación apto en su totalidad para el funcionamiento de la escuela primaria en canje por el mencionado en la Ordenanza 04/86;

Qué por tal motivo y teniendo en cuenta la poca disponibilidad de terrenos que tiene la Municipalidad de El Hoyo en el radio urbano es necesario recuperar la superficie donada por la anterior administración a efectos de planificar la urbanización de la Manzana donde se encuentra dicho terreno y ocupar el espacio mencionado;

POR ELLO:
Y en uso de las facultades que le son propias;

EL HONORABLE CONSEJO DELIBERANTE SANCIONA Y PROMULGA CON FUERZA DE

ORDENANZA

Artículo Nº1: DEROGUESE la Ordenanza Municipal 004/86 por la cual se donará sin cargo al Consejo Provincial de Educación una superficie de terreno de 3.200 metros cuadrados identificada como Fracción B de la Manzana 6 de la Localidad de El Hoyo. -

Articulo N°2: Notifíquese, Regístrese, dese a Publicidad y Cumplido, Archívese. -

Municipalidad de El Hoyo, 12 de Junio de 1989.-