HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE

Municipalidad de EL HOYO

Provincia de CHUBUT

Incrementa el valor de tasa retributiva, impuesto inmobiliario y automotor

VISTO:
La necesidad de reajustar los valores de las Tasas por Servicios Retributivos, Impuesto Inmobiliario, Impuesto Automotor, Derecho de Ocupación y Tasas de Habilitación e Inspección de Salubridad e Higiene;

CONSIDERANDO:
Qué los valores actuales para el Ejercicio 1989 no se ajustan a los incrementos que son de conocimiento público;

Qué este incremento de los impuestos mencionados deberá ser a partir del 1º de julio de 1989;

Qué es necesario actualizar los mismos a fin de mantener una constante con respecto a la inflación;

Qué atento a esta necesidad es menester dictar la Ordenanza correspondiente;

POR ELLO:
Y en uso de las facultades que le son propias;

EL HONORABLE CONSEJO DELIBERANTE SANCIONA Y PROMULGA CON FUERZA DE

ORDENANZA

Artículo Nº1: INCREMENTESE a partir del 1º de julio de 1989 en un 200% los valores de las Tasas por Servicios Retributivos, Impuesto Inmobiliario, Impuesto Automotor, Derecho de Ocupación y Tasas de Habilitación e Inspección de Salubridad e Higiene. -

Articulo N°2: Notifíquese, Regístrese, Dese a Publicidad y Cumplido Archívese. -

Municipalidad de El Hoyo, 2 de Julio de 1989.-