HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE

Municipalidad de EL HOYO

Provincia de CHUBUT

Amplia Zona Urbana

VISTO:
Lo dispuesto por las Ordenanzas 015/84 y 010/85, del 4 de septiembre de 1984 y 22 de abril de 1985, respectivamente;

CONSIDERANDO:
Qué conforme las mismas fue creada la "ZONA URBANA" de El Hoyo, integrada por la Fracción "31°" del Lote Agrícola 31 (8ha. 70a 63ca. Ordenanza 015/84) y por la manzana 26 "e" del fraccionamiento del Lote 26 de El Hoyo, con una superficie de 1ha. 45a. 15 ca. (ordenanza 010/85);

Qué la realidad ha demostrado la necesidad de ampliar la ZONA URBANA de El Hoyo comprendiéndose en sus límites a la totalidad del LOTE AGRICOLA 26;

Qué de esta forma se posibilitará la regularización de la parcelación de "hecho" realizados por sucesivas transmisiones realizadas por boleto;

Qué en consecuencia el mencionado lote dejará de pertenecer al ámbito territorial que reglamenta la Ordenanza 036/85 (4 hectáreas unidad económica de El Hoyo);

POR ELLO:
Y en uso de las facultades que le son propias

EL HONORABLE CONSEJO DELIBERANTE SANCIONA Y PROMULGA CON FUERZA DE

ORDENANZA

Artículo Nº 1: AMPLIASE la zona urbana de El Hoyo, determinada por Ordenanzas 015/84 y modificada por Ordenanza 010/85, extendiéndose incorporada a la misma la totalidad del LOTE AGRICOLA 26.-

Artículo Nº 2: Notifíquese, regístrese, publíquese y cumplido archívese. -

Municipalidad de El Hoyo, 19 de Abril de 1988.