Transfiere Costelho, 432 mts de terreno
VISTO:
La nota presentada el 04/04/88 por la Cooperativa Telefónica y otros Servicios El Hoyo Ltda.. donde solicita la transferencia de la titularidad del edificio y el predio donde funciona la misma;
CONSIDERANDO:
Qué en la referida nota el argumento válido es la necesidad de contar con un respaldo económico que permita gestionar operaciones crediticias para mejorar y ampliar el servicio telefónico;
Qué a través del anterior Gobierno Municipal, este Municipio fue el principal propulsor del servicio telefónico local;
Qué por ordenanza 038/85 del anterior Gobierno Municipal se construyó el edificio específicamente dispuesto para instalarse la Cooperativa Telefónica;
Qué la Cooperativa Telefónica se instaló y cumple con todos los servicios que se comprometiera ante este Municipio según el acta del anterior Consejo Deliberante de fecha 29 de octubre de 1985, y en la que se acordó entregarle el edificio y el terreno por un tiempo indeterminado;
Qué este Honorable Consejo Deliberante considera que los medios de comunicación son de importancia capital para el mayor desarrollo regional, constituyendo uno de los mas efectivos medios de promoción zonal;
Qué los productores, empresarios en general y la población toda, así como la economía regional obtendrá un mas alto beneficio contando con mejores servicios;
Qué las autoridades comunales e instituciones oficiales, sanitarias, policiales, entre otras, mejorarán notablemente la eficiencia en la prestación de sus servicios de contar con un medio de comunicación como el que presta la Cooperativa Telefónica y Otros Servicios El Hoyo Ltda.. que tiende día a día a superarse;
Qué en general la comunidad se verá favorecida significativamente en comunicación social, en la medida que la Cooperativa Telefónica y Otros Servicios El Hoyo Ltda.. amplíe sus servicios y prestaciones;
Qué conforme al plano de mensura particular con redistribución aprobado por la Dirección de Catastro y Geodesia con fecha 17 de marzo de 1987 el inmueble se denomina PARCELA 1b de la Manzana 6 con una superficie de 432 metros cuadrados;
Qué la Cooperativa Telefónica y Otros Servicios El Hoyo Ltda.. ha obtenido la autorización para funcionar encontrándose aprobado su estatuto por la Secretaría de Acción Cooperativa bajo el número 11.215;
Qué obra en este Municipio antecedentes múltiples de transferencias de fondos, terrenos, etc. a entidades o asociaciones que beneficien a la comunidad, como en caso de la construcción de la Iglesia Católica, Club San Martín, Transferencia de su edificio y terreno Sucursal Banco Provincia del Chubut, etc.;
Qué no obstante que la titularidad del dominio correspondiente a la Provincia del Chubut la misma ha formulado la reserva de la superficie a favor de la Corporación Municipal de El Hoyo por la resolución Nro. 1360/74 M.B.S. y Nro. 1156/80 I.P.S.S.;
Qué es por mayoría la decisión de este Honorable Consejo Deliberante de transferir a la Cooperativa Telefónica y Otros Servicios El Hoyo Ltda. la propiedad del inmueble que actualmente ocupa con todo lo que en el se encuentre edificado o adherido a su suelo;
POR ELLO:
Y en uso de las facultades que le son propias
EL HONORABLE CONSEJO DELIBERANTE SANCIONA Y PROMULGA CON FUERZA DE
ORDENANZA
Artículo Nº 1: TRANSFIERASE a la Cooperativa Telefónica y Otros Servicios El Hoyo Ltda.. el inmueble identificado como PARCELA 1b de la Manzana 6 de El Hoyo, con una superficie de 432 metros cuadrados según mensura con redistribución registrado al tomo 119, Folio 27, bajo el Nro. 10.590 de la Dirección de Catastro y Geodesia de la Provincia del Chubut.-
Artículo Nº 2: La presente transferencia comprende todo lo edificado, plantado y adherido al suelo. -
Artículo Nº 3: Notifíquese, regístrese, dese a publicidad y cumplido archívese. -
Municipalidad de El Hoyo, 26 de Mayo de 1988.