HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE

Municipalidad de EL HOYO

Provincia de CHUBUT

Autoriza radicar patentes automotor

VISTO:
La cantidad de vehículos que con cambio de radicación en El Hoyo, no pueden patentar por no contar con Libre Deuda y Baja de otras Municipalidades;

CONSIDERANDO:
Qué el Registro Propiedad del Automotor hace los cambios de Radicación sin solicitar los requisitos mencionados;

Qué sin prejuicios y bajo responsabilidad del titular las deudas atrasadas que tengan los automotores en otras municipalidades pero que tengan cambio de radicación a este Municipio es motivo suficiente para patentar en la localidad;

Qué a efectos de una mayor recaudación de patentamiento automotor es necesario regularizar la situación para obtener las mismas;

POR ELLO:
Y en uso de las facultades que le son propias

EL HONORABLE CONSEJO DELIBERANTE SANCIONA Y PROMULGA CON FUERZA DE

ORDENANZA

Artículo Nº 1: AUTORIZACE AL DEPARTAMENTO Ejecutivo Municipal a patentar los vehículos automotores que registren en su título de propiedad el cambio de radicación a esta localidad. -.

Artículo Nº 2: El impuesto de Patente Automotor se cobrará a partir de la fecha del cambio de radicación en las cuotas que surjan de dicha fecha. -

Artículo Nº 3: Notifíquese, regístrese, dese a publicidad y cumplido archívese. -

Municipalidad de El Hoyo, 29 de Julio de 1988.-