HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE

Municipalidad de EL HOYO

Provincia de CHUBUT

Reconoce ocupación Claudio Levi

VISTO:
La nota presentada por el Señor Claudio Levi de fecha 20/04/88 donde solicita permiso de explotación de una superficie aproximadamente de y hectáreas que se proyectan a continuación de su chacra (Lote 44)

Y CONSIDERANDO:
Qué la superficie que solicita no es unidad económica;

Qué el lugar se encuentra en la actualidad abandonado y cubierto de Sauces, montes de Pítras, Mosquetas, Murra y el suelo no presenta ninguna alternativa provechosa y si un foco potencial de incendios;

Qué solamente se accede al predio solicitado por el lote del solicitante;

Qué este Honorable Concejo Deliberante tiene decidido objetivo de estimular y colaborar con pobladores con intenciones de modificar la tierra improductiva;

Qué además integrará esta explotación a una doble intención productiva y paseo turístico al circuito Desemboque;

Qué se toó como referencia los trabajos realizados en la Chacra de su propiedad donde se recuperó aproximadamente 9 ha, para producción, constatadas en él lugar;

POR ELLO Y:
En uso de las facultades que le son propias

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD
DE EL HOYO SANCIONA CON FUERZA DE

ORDENANZA

Artículo Nº 1: Reconocése la ocupación del lugar, autorizando al señor Claudio Levi, a realizar mejoras y explotación de acuerdo al plan presentado ad-referéndum de la decisión final que determine el instituto Autarquico Colonización y Fomento Rural de la Provincia del Chubut; -

Artículo Nº 2: Notifíquese, regístrese, dese a publicidad y cumplido archpivese. -

Dada en la sala de sesiones del Honorable Concejo Deliberante de la Municipalidad de El Hoyo en sesión Ordinaria del día 02 de Agosto del año 1988.