HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE

Municipalidad de EL HOYO

Provincia de CHUBUT

Excepción de ORdz. N° 36/1985 Hugo y Onofre González

VISTO:
La nota presentada por el Señor José Hugo Gonzalez

Y CONSIDERANDO:
Que por la misma se le otorgue el beneficio de poder fraccionar 3 has, del Lote 15 propiedad de su madre;

Que el mismo serviría para solucionar el problema de viviendas que el y su hermano Juan Onofre tienen en este momento;

Que el resto de la tierra sería utilizada a los fines de cultivo con el objeto de aumentar los ingresos de familia;

Que atento a las razones invocadas a la convicción de éste Concejo de estimular el cultivo de tierras, es dable excepcionar al caso que nos ocupa de las prescripciones de la Ordenanza N° 036/85;

POR ELLO Y:
en uso de las facultades que le son propias

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD
DE EL HOYO SANCIONA CON FUERZA DE

ORDENANZA

Artículo Nº 1: Exceptuase de las prescripciones de la Ordenanza Nº 36/85 al fraccionamiento a efectuar por el Sr. José Hugo González y su hermano Juan Onofre del lote 15. -

Artículo Nº 2: Notifíquese, regístrese, dese a publicidad y cumplido archívese. -

Dada en la sala de sesiones del Honorable Concejo Deliberante de la Municipalidad de El Hoyo en sesión Ordinaria del día 29 de Agosto del año 1988.