Excepción de ORdz. N° 36/1985 Hugo y Onofre González
VISTO:
La nota presentada por el Señor José Hugo Gonzalez
Y CONSIDERANDO:
Que por la misma se le otorgue el beneficio de poder fraccionar 3 has, del Lote 15 propiedad de su madre;
Que el mismo serviría para solucionar el problema de viviendas que el y su hermano Juan Onofre tienen en este momento;
Que el resto de la tierra sería utilizada a los fines de cultivo con el objeto de aumentar los ingresos de familia;
Que atento a las razones invocadas a la convicción de éste Concejo de estimular el cultivo de tierras, es dable excepcionar al caso que nos ocupa de las prescripciones de la Ordenanza N° 036/85;
POR ELLO Y:
en uso de las facultades que le son propias
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD
DE EL HOYO SANCIONA CON FUERZA DE
ORDENANZA
Artículo Nº 1: Exceptuase de las prescripciones de la Ordenanza Nº 36/85 al fraccionamiento a efectuar por el Sr. José Hugo González y su hermano Juan Onofre del lote 15. -
Artículo Nº 2: Notifíquese, regístrese, dese a publicidad y cumplido archívese. -
Dada en la sala de sesiones del Honorable Concejo Deliberante de la Municipalidad de El Hoyo en sesión Ordinaria del día 29 de Agosto del año 1988.