HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE

Municipalidad de EL HOYO

Provincia de CHUBUT

Resultado Concesión Pto. Patriada

VISTO:
El concurso al que se llamara para otorgar en concesión la explotación del camping Municipal Puerto Patriada, mediante Ordenanza 028/87 de fecha 2 de noviembre ppdo.;

CONSIDERANDO:
Qué previo la debida difusión acudieron al concurso los señores Gerardo B. Batiuk y Eduardo L. Guasco por una parte y el señor Juan Halim Breide por la otra;

Qué las actuaciones vinculadas a este concurso se encuentran reunidas en el expediente nº 105, corriendo a fs. 04/2005 y 07 las propuestas presentadas;

Qué sin perjuicio de entender que las propuestas no resultan convenientes pues no satisfacen las expectativas del municipio, es también criterio de este nuevo Consejo Deliberante reglamentar, previamente al otorgamiento de toda concesión, el área de turismo constituida por la ribera del Lago Epuyén en la zona denominada Puerto Patriada, anexada al ejido municipal por disposición de la Ley Provincial 2213/83 rectificada luego por Ley 2855/87;

Qué en consecuencia corresponde declarar desierto el concurso

POR ELLO:
Y en uso de las facultades que le son propias;

EL HONORABLE CONSEJO DELIBERANTE SANCIONA Y PROMULGA CON FUERZA DE

ORDENANZA

Artículo Nº1: DECLARASE DESIERTO el CONCURSO al que se llamara mediante ORDENANZA Nº 028/87 de fecha 2 de Noviembre ppdo.; para OTORGAR LA CONCESIÓN DEL CAMPING MUNICIPAL DE PUERTO PATRIADA. -

Articulo N°2: Notifíquese, regístrese, comuníquese expresamente a los postulante y cumplido archívese. -

EL HOYO, 18 de Diciembre de 1987.-