HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE

Municipalidad de EL HOYO

Provincia de CHUBUT

Adhiere a Ley Pcial. 2632 Ref. Seguro de vida colectivo Familiar

VISTO:
La nota fechada 21 de febrero de 1986 del Gerente de Sucursal Comodoro Rivadavia de la Caja Nacional de Ahorro y Seguro adjuntando copia de la Ley Provincial Nº 2632;

CONSIDERANDO:
Qué en la misma se explica sobre los alcances y bondades del Seguro de Vida Colectivo Familiar instituido por la mencionada Ley;

Qué dados los fines eminentemente sociales que persigue el seguro y lo exiguo de la prima que no desequilibra los ingresos del agente municipal resulta conveniente adherir a los términos de la Ley 2632.-

POR ELLO:
Y en uso de las facultades que le son propias;

EL HONORABLE CONSEJO DELIBERANTE SANCIONA Y PROMULGA CON FUERZA DE

ORDENANZA

Artículo Nº 1: ADHIERESE en todos sus términos a lo dispuesto por la Ley 2632 por la que se estableció, con carácter de obligatorio a partir del 1º de enero de 1986, por intermedio de la Caja Nacional de Ahorro y Seguro, un Seguro de Vida Colectivo Familiar, para subsidiar gastos inherentes al fallecimiento para todo el personal de la Administración Pública en actividad y pasividad, en las condiciones previstas en dicha Ley. -

Articulo N°2: Remítase copia de la presente a la Caja Nacional de Ahorro y Seguro y suscríbase por el Departamento Ejecutivo la pertinente solicitud. -

Artículo Nº3: Notifíquese, regístrese y cumplido archívese. -

EL HOYO, 10 de Abril de 1986.-