Incrementa impuesto patentes
VISTO:
La reunión del Honorable Consejo Deliberante del día 11 de Abril de 1996
CONSIDERANDO:
Qué en la misma se evaluó la Ordenanza Impositiva y la necesidad de incrementar el impuesto automotor en un 50% con relación al abonado en el ejercicio fiscal de 1985;
POR ELLO:
Y en uso de las facultades que le son propias;
EL HONORABLE CONSEJO DELIBERANTE SANCIONA Y PROMULGA CON FUERZA DE
ORDENANZA
Artículo Nº 1: INCREMENTASE el IMPUESTO A LA PATENTE AUTOMOTOR previsto en los artículos 5 y 6 de la Ordenanza Impositiva en un CINCUENTA PORCIENTO (50%) con relación a la totalidad del impuesto abonado durante el ejercicio fiscal 1985. -
Articulo N° 2: El impuesto deberá abonarse en cuatro cuotas iguales y consecutivas, sujetas al reajuste, que se efectivizarán en los siguientes vencimientos:
PRIMERA CUOTA…………………………………. vto. 10 al 25 de marzo. -
SEGUNDA CUOTA………………………………... vto. 1 al 10 de mayo. -
TERCERA CUOTA…………………………………. vto. 1 al 10 de julio. -
CUARTA CUOTA………………………………… vto. 1 al 10 de septiembre. -
Artículo Nº 3: Notifíquese, regístrese y cumplido archívese. -
EL HOYO, 16 de Mayo de 1986.-