Autoriza préstamo compra Restroexcavadora
VISTO:
La Circular Nº 32/85 de la Dirección de Asuntos Municipales de la Provincia del Chubut y la nota del 8 de julio ppdo. Remitida por la Jefa de Acuerdos Créditos a Entidades de la Caja Nacional de Ahorro y Seguro;
CONSIDERANDO:
Qué merced a la nota citada en último término la Caja Nacional de Ahorro y Seguro da cuenta de créditos para la adquisición de equipamiento;
Qué como lo expusiera oportunamente (expte. 560/85) esta municipalidad necesita equiparse de una máquina retroexcavadora;
Qué de acuerdo a la operatoria de estos créditos resulta necesario el dictado de una Ordenanza en la que se autorice la gestión del acuerdo por ante la Caja Nacional de Ahorro y Seguro y a contraer las obligaciones emergentes del mismo;
Qué ante una primera compulsa realizada surge que el valor aproximado de la maquinaria pretendida asciende a AUSTRALES SESENTA Y TRES MIL (A 63.000);
POR ELLO:
Y en uso de las facultades que le son propias;
EL HONORABLE CONSEJO DELIBERANTE SANCIONA Y PROMULGA CON FUERZA DE
ORDENANZA
Artículo Nº 1: AUTORIZACE al DEPARTAMANTO EJECUTIVO a gestionar el acuerdo de un préstamo de aproximadamente A 63.000 (australes sesenta y tres mil) ante la CAJA NACIONAL DE AHORRO Y SEGURO, con destino a la financiación de un cargador frontal retroexcavadora. -
Articulo N° 2: Para garantizar el cumplimiento de las condiciones bajo las cuales se formalizará la operación por el crédito a que se refiere el artículo primero afectase la coparticipación de impuestos nacionales y provinciales que corresponden a la Municipalidad. -
Artículo Nº3: La municipalidad deberá prever en los futuros presupuestos, los créditos necesarios para atender los servicios de amortización y/o intereses del préstamo, hasta su total cancelación. -
Artículo Nº4: Notifíquese, regístrese, dese a publicidad y cumplido archívese. -
EL HOYO, 25 de Agosto de 1986.-