HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE

Municipalidad de EL HOYO

Provincia de CHUBUT

Anexo Ordz. 28 1986

ANEXO A

PLIEGO DE BASES Y CONDICIONES DEL CONCURSO PRIVADO Nº 03/86.-
MUNICIPALIDAD DE EL HOYO - PROVINCIA DEL CHUBUT

OBJETO: OTORGAR EN CONCESIÓN LA EXPLOTACIÓN DEL SERVICIO DE CONFITERÍA DEL GIMNASIO MUNICIPAL DE EL HOYO. -

PLAZO DE CONSECIÓN: DOCE (12) meses (término que será prorrogable por otro término igual previo acuerdo de las partes por escrito y con una antelación de 30 días al vencimiento).

PRESENTACIÓN DE PROPUESTAS: Las propuestas deberán adecuarse al pliego que más abajo se indica y deberán presentarse en la Municipalidad de El Hoyo de 08 a 12:30hs. hasta el día 29 de octubre de 1986v a las 11hs.

LAS PROPUESTAS DEBERÁN CONTENER LA SIGUIENTE INFORMACIÓN:

1) Nombre, apellido y demás datos filiatorios del oferente. -

2) Enumeración del equipamiento que el oferente pretende instalar para la mejor explotación del servicio (el equipamiento deberá encontrarse instalado y en funcionamiento dentro de los 15 días de producida la adjudicación del concurso bajo apercibimiento de caducidad). -

3) Deberá hacerse expresa mención de las actividades recreativas (juegos y otros divertimentos permitidos que serán practicables en las instalaciones de la confitería). -

4) Los postulantes deberán acreditar una residencia efectiva de 2 años en la localidad de El Hoyo. -

CONDICIONAMIENTOS IMPUESTOS POR LA MUNICIPALIDAD:

A) El horario de funcionamiento será establecido por la Municipalidad de acuerdo a las características del servicio y las condiciones climáticas imperantes en la zona. -

B) El servicio no podrá funcionar aquellos días en que se celebren en el gimnasio municipal eventos deportivos o de beneficencia organizados por entidades de bien público o asociaciones que pretendan el expendio de artículos comprendidos en el servicio del concesionario; dichos eventos no podrán realizarse en más de dos oportunidades por mes. -

C) El concesionario deberá obtener la correspondiente habilitación comercial. -

D) Deberá afrontar el pago de la energía eléctrica que se consuma en el edificio de la confitería a cuyo fin se registrará ante la D.E.C. el contrato de concesión respectivo. -

E) La municipalidad de El Hoyo se reserva el derecho de inspeccionar periódicamente el edificio y las condiciones de higiene de sus baños y dependencias anexas. -

F) El edificio y dependencias deberán restituirse en las mismas condiciones de uso y conservación que las que consten en el acto de su entrega, salvo el deterioro ocasionado por el buen uso y el transcurso del tiempo. -

G) El concesionario deberá abonar un canon mínimo de A 30 del 1al 10 de cada mes. El mismo será reajustado en forma trimestral por aplicación acumulativa de los índices de aumento de costo de vida elaborados por el INDEC. El oferente podrá mejorar el ofrecimiento del canon mínimo establecido. -

H) En garantía del cumplimiento del contrato el concesionario entregará en efectivo en el acto de suscribirlo la suma de A 30 o la equivalente al canon que ofrezca en su propuesta. Esta suma no devengará intereses ni será motivo de actualización y será restituida al concesionario en oportunidad de concluirse el contrato y siempre que no haya debido afectarse al pago de obligaciones con cargo al concesionario. -

I) El incumplimiento de cualesquiera de las cláusulas del presente pliego ó del contrato que al efecto se habrá de celebrar dará lugar a la inmediata caducidad de la concesión. -

J) El edificio será entregado previa instrumentación del correspondiente inventario. -

- El oferente deberá suscribir el presente pliego en todas sus fojas. -