Anexo Ordz. N° 31 Reglamento del Gimnasio Municipal
Anexo A
REGLAMENTO DEL GIMNASIO MUNICIPAL
Artículo Nº 1: El presente reglamento tiene por objeto establecer un cuerpo normativo de cuya aplicación se obtenga el mejor y más adecuado uso y aprovechamiento del edificio del Gimnasio Municipal. -
Artículo Nº 2: El Gimnasio Municipal, inmueble del dominio comunal, defínase como el conjunto de instalaciones apropiadas para la práctica de variadas disciplinas deportivas y para la realización de todo tipo de eventos culturales, deportivos y educativos, siempre y cuando sean compatibles con las instalaciones existentes y no se contrapongan a las normas del presente reglamento. -
Artículo Nº 3: Todo habitante de El Hoyo tiene derecho de participar de las actividades programadas del Gimnasio Municipal y de integrar las comisiones que se constituyan para el mejor uso y aprovechamiento de sus instalaciones, en las condiciones y bajo los recaudos que se prevén en este reglamento. -
Artículo Nº 4: Podrán utilizar el uso de las instalaciones todo habitante de El Hoyo, mayor de edad, con domicilio en El Hoyo, que se encuentre registrado como contribuyente municipal. Igualmente podrán solicitarlo aquellas instituciones y/o comisiones que se encuentren reconocidas por la Municipalidad. -
Artículo Nº 5: Establécese como principio general el libre acceso del público como espectador a aquellas actividades cuya práctica o realización no merezca privacidad sea por exposición expresa del ente organizador o por la naturaleza misma de la actividad. -
Artículo Nº 6: Los actos de indisciplina cometidos dentro del edificio del Gimnasio Municipal que interfieran el normal desarrollo de la actividad y que como tales constituyan agresiones físicas, verbales, amenazas y cualquier otra forma de atentar contra el buen orden, serán sancionados con la privación del uso por un término mínimo de siete (7) días y máximo de seis (6) meses, graduables en función de la gravedad de la indisciplina. -
Artículo Nº 7: Aquella persona que intencionalmente ocasione daños materiales en las instalaciones y/o elementos deportivos serán sancionados con la privación de uso y acceso de las instalaciones por un lapso no inferior de tres (3) meses y no mayor a tres (3) años y ello sin perjuicio de reparar los daños ocasionados. -
Artículo Nº 8: Las sanciones indicadas precedentemente serán aplicadas por resolución fundada del Honorable Consejo Deliberante ante quien se podrá interponer recurso de recurso de reconsideración dentro de las 48hs de notificado, siendo la decisión que al respecto se torne inapelable. -
Artículo Nº 9: Las solicitudes para el uso del Gimnasio en actividades o eventos no programáticos deberán presentarse al Intendente Municipal con una antelación mínima de CINCO (5) días, concediéndose el uso por riguroso orden de presentación. -
Artículo Nº 10: El presente reglamento deberá ser puesto en lugar visible y tendrá vigencia a partir de los cinco (5) días de aprobado por Ordenanza Municipal. -