Convenio con correos y telégrafos
VISTO:
El Acta-Convenio celebrada con el Sub-Administrador General de la Empresa Nacional de Correos y Telégrafos con fecha 17 de julio de 1986, suscripta por el Señor Intendente Municipal ad-referendum de este Honorable Consejo;
CONSIDERANDO:
Qué por medio de la misma se acordó la construcción del edificio y vivienda para la Oficina de Correos y Telégrafos de la localidad de El Hoyo;
Qué de a sus términos se aprecia que la construcción se realizará en el terreno que se destine a dicho fin y su costo estará a cargo de ambas instituciones, aportando ENCOTel el 75% y la Municipalidad el 25% del gasto total de la obra, incluído el equipamiento;
Qué dado la importancia de la obra a emprender nada obsta a que este Consejo preste su plena conformidad con su emprendimiento en las condiciones acordadas;
POR ELLO:
Y en uso de las atribuciones conferidas por la ley 55;
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD
DE EL HOYO SANCIONA CON FUERZA DE
ORDENANZA
Artículo Nº 1: APRUEBASE en todos sus términos el ACTA-CONVENIO celebrada con el Sub- Administrador General de la Empresa Nacional de Correos y Telégrafos, siendo a cargo de ENCOTel el 75% de los recursos y el saldo a cargo de la Municipalidad de El Hoyo. -
Artículo Nº 2: Notifíquese, regístrese y cumplido archívese. -
EL HOYO, 30 de Octubre de 1986.-