Adjudica concurso informante turístico Rosana Pereyra
VISTO:
El concurso de oposición y antecedentes al que se llamara por Ordenanza Municipal Nº 035/86 para contratar los servicios temporarios de una persona del sexo femenino a cargo de quien estaría la información turística de nuestra localidad por espacio de cinco (5) meses a partir del día 15 de diciembre de 1986;
CONSIDERANDO:
Qué las postulantes debían reunir los requisitos previstos en el pliego de bases y condiciones denominado ANEXO A de la Ordenanza 085/86 a la vez que participar en una prueba evaluativa acerca de los conocimientos generales en el área turística;
Qué por resolución 021/86 fue instituido como jurado de la prueba el señor GUILLERMO ADOLFO BLUM, habilitado como guía de turismo por la Provincia del Chubut;
Qué su decisión fue establecer un empate entre las señoritas ROXANA PEREYRA y SANDRA INES SZDRUK, con 85 puntos sobre 100 cada una de ellas;
Qué a efectos redeterminar debe necesariamente acudirse a la ponderación de otros elementos que han conformado las bases y condiciones del concurso y en tal sentido constatar la antigüedad en el domicilio y los títulos o estudios cursados por las participantes si fuere menester;
Qué del análisis de dichos elementos surge que la señorita Sandra Szudruk no posee registrado el cambio de domicilio con la antigüedad requerida para el concurso (figura en su documento que el cambio se registró el 20/11/86);
Qué no obstante la certidumbre que posee este Consejo de que el domicilio real de la señorita Szudruk se encontraba en esta localidad desde mucho antes de esa fecha por no aseverar que siempre lo ha sido, no puede dejar de valorarse la constancia aportada por la señorita Pereyra dando cuenta que su domicilio está en esta localidad desde el 25 de febrero de 1983 sino antes;
Qué en mérito de lo expuesto se considera que debe adjudicarse el concurso a la señorita Roxana Pereyra y consecuente con ello celebrarse el respectivo contrato por el término cursado;
POR ELLO:
Y en uso de las atribuciones conferidas por la ley 55;
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD
DE EL HOYO SANCIONA CON FUERZA DE
ORDENANZA
Artículo Nº 1: ADJUDICASE el concurso de oposición y antecedentes al que se convocara por Ordenanza Nº 035/86 a la señorita ROXANA DENISE PEREYRA, titular del D.N.I. Nº 18.000.936.-
Artículo Nº 2: CELEBRESE con la misma el pertinente contrato de locación de servicios conforme las pautas mencionadas en el ANEXO A de la Ordenanza 035/86
EL HOYO, 11 de Diciembre de 1986.-