HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE

Municipalidad de EL HOYO

Provincia de CHUBUT

Interés comunal central teléfonica

VISTO:
El proyecto de construcción de la Central Telefónica para El Hoyo;

CONSIDERANDO:
La importancia que el mismo tiene para toda la comunidad;

Qué por encima del beneficio inmediato y directo de los que resulten abonados a dicha Central se encuentra el beneficio de toda una comunidad que obtendrá la posibilidad de comunicarse entre sí y con el resto del país;

Qué en tal sentido la obra debe ser declarada de interés comunal;

POR ELLO:
Y en uso de las facultades que le son propias (arts. 32º inc. 12 de la ley 55);

EL HONORABLE CONSEJO DELIBERANTE SANCIONA Y PROMULGA CON FUERZA DE

ORDENANZA

Artículo Nº 1: DECLARASE de INTERES COMUNAL la construcción de la CENTRAL TELEFONICA de EL HOYO por la innegable trascendencia y desarrollo que brindará a toda nuestra comunidad. -

Articulo N° 2: Notifíquese, Regístrese, Publíquese y cumplido Archívese. -

EL HOYO, 30 de JULIO de 1985. -