HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE

Municipalidad de EL HOYO

Provincia de CHUBUT

Invita a la población concurso frentes y patios

VISTO:
La necesidad de estimular a los ocupantes o propietarios de viviendas del radio urbano de nuestra localidad para un mejor mantenimiento de sus frentes parquizables y sus patios interiores;

CONSIDERANDO:
Qué la organización de un concurso para el ocupante que mejor mantenga el frente y patio de su casa incentivará a todo el Barrio de Viviendas para mejorar la estética de los inmuebles en los lugares citados;

Qué la eximición del pago de impuestos Municipales que gravan el inmueble, durante todo el año 1986 representará un preciado trofeo para los participantes;

Qué el plazo comprendido entre la fecha de la presente y el día 1º de diciembre de 1985 es razonable para posibilitar los arreglos y mejoras necesarios para adjudicarse el trofeo en cuestión;

Qué el premio será otorgado por el Honorable Concejo Deliberante al ocupante y/o propietario que mejor cuidado y arreglado posea el frente y patio de su vivienda;

POR ELLO:
Y en uso de las facultades que le son propias (Art. 32º inc. 12 de la ley 55);

EL HONORABLE CONSEJO DELIBERANTE SANCIONA Y PROMULGA CON FUERZA DE

ORDENANZA

Artículo Nº 1: INVITASE a todos los ocupantes o propietarios de viviendas dentro de la zona urbana de nuestra localidad a participar del concurso para premiar el frente y patio mejor cuidados tanto en lo que respecta al mantenimiento edilicio como a la parquización. -

Articulo N° 2: La verificación se efectuará el día primero de diciembre de 1985 a partir de las 10hs. en todas aquellas viviendas cuyos ocupantes se avengan a concursar. -

Artículo Nº 3: El frente y el patio mejor arreglado y cuidado significarán para su responsable la eximición por todo el transcurso del año 1986 del pago de todos los impuestos, tasas y contribuciones que gravan el inmueble. -

Artículo Nº 4: Notifíquese, regístrese, publíquese y cumplido archívese. -

EL HOYO, 25 de Octubre de 1985.