HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE

Municipalidad de EL HOYO

Provincia de CHUBUT

Promueve tramites re categorización para Municipio

VISTO:
La nota Nº 105 del Tribunal Electoral de la Provincia de fecha 6 de septiembre de 1984;

CONSIDERANDO:
Qué por la misma se hace saber que el número de electores correspondientes a esta localidad asciende las 505 personas;

Qué por dicha razón y lo dispuesto en el artículo 2º de la ley 55, corresponde adjudicar a esta comisión de fomento la categoría de Municipio de Segunda;

Qué de conformidad a lo establecido en el artículo 7mo. De la ley citada corresponde a esta Comisión de Fomento solicitar que por ley provincial se le recategorice;

POR ELLO:
Y en uso de las facultades que le son propias (arts. 32º inc. 12 de la ley 55);

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD
DE EL HOYO SANCIONA CON FUERZA DE

ORDENANZA

Artículo Nº 1: PROMUEVANSE los trámites pertinentes por ante la Legislatura Provincial para obtener la recategorización de esta Comisión de Fomento la que por el número de electores informados por el Tribunal Electoral de la Provincia corresponde se le adjudique la categoría de Municipalidad de Segunda. -

Artículo Nº 2: REMITASE COPIA DE LA PRESENTE a la Dirección de Asuntos Municipales a fin de que canalice el trámite previsto en el artículo 7º de la ley 55. -

Artículo Nº 3: Notifíquese, Regístrese, Publíquese y cumplido archívese. -

EL HOYO, 8 de Octubre de 1984.-