Aumentos en las tarifas de luz TG servicios públicos
VISTO:
La Ley Provincial XVI N° 46 de Corporaciones Municipales, los aumentos en las tarifas de energía eléctrica y la reunión mantenida entre la Dirección General de Servicios Públicos y un amplio sector de la población.
CONSIDERANDO:
Qué el día 26 de junio del corriente año, en instalaciones de la Oficina de Turismo Municipal, se llevó a cabo una reunión que contó con la presencia del Director General de Servicios Públicos, Sec. De Infraestructura Energía y Planificación, Ezequiel Suazo, representantes de los sectores Productivos de la Comarca, Turísticos, Cámara de Turismo y Comercio y autoridades municipales del poder Legislativo y Ejecutivo.
Qué, dicha reunión tuvo como objetivo debatir la problemática de los incrementos reflejados en las tarifas de energía eléctrica, observados en el último bimestre y que resultan imposibles de afrontar, debido a la condición económica imperante.
Qué, entre los períodos de septiembre 2024 y junio de2025 se ha registrado un aumento acumulado de más de 500% en el valor por kWh, como así también en los cargos fijos.
Qué, la Comarca ha sufrido devastadores incendios, una baja en la venta de frutas finas, la pérdida de valor adquisitivo que reflejan los salarios y los recortes en varios sectores de la población, que provocan moras en el pago de los servicios y en algunos casos la imposibilidad de dicho cumplimiento.
Qué, ante el ineficiente servicio que presta la DGSP, los vecinos, comerciantes y prestadores turísticos han tenido que invertir en Generadores de Energía u otros métodos de generación de electricidad.
Qué, la presencia de Generadores de Energía a explosión produce gases, humo y ruidos excesivos lo que constituye contaminación tanto ambiental como sonora, sobre todo en la zona urbana cuya característica es la proximidad de las viviendas.
Qué, los prestadores turísticos se capacitan y mejoran sus alojamientos en pos de brindar un servicio de calidad, y esta situación provoca que los turistas no vuelvan a elegir la Comarca, lo cual afecta directamente a toda la localidad.
Qué, según el informe de un particular, en los meses de Diciembre, Enero y Febrero, en plena temporada turística se registraron los siguientes
cortes de suministro de energía eléctrica:
FECHA CORTE // DURACIÓN // FECHA CORTE // DURACIÓN
24/12/24 // 2.30 hs // 02/02/25 (vientos) // 10 hs
25/12/24 // 3 hs // 05/02/25 // 12.30 hs
30/12/24 // 19.30 hs // 06/02/25 // 1.50 hs
31/12/24 // 2 hs // 07/02/25 // 8 hs
03/01/25 // 1 hs // 08/02/25 // 1.20 hs
04/01/25 (programado) // 3 hs // 09/02/25 // 20 hs
05/01/25 // 5 hs // 11/02/25 // 8.20 hs
10/01/25 (programado) // 14 hs // 12/02/25 // 3 hs
12/01/25 // 3 hs // 18/02/25 // 1.30 hs
13/01/25 // 0.30 hs // 04/03/25 // 4 hs
24/01/25 // 3.50 hs // 05/03/25 // 4 hs
25/01/25 // 6.50 hs // 06/03/25 // 1 hs
26/01/25 (vientos) // 14 hs // 13/03/25 // 3 hs
30/01/25 // 18 hs // 14/03/25 // 3.30 hs
Qué, los frecuentes e intempestivos cortes han provocado la pérdida de electrodomésticos, de los que no se hace responsable la DGSP, debiendo reponerlos el particular.
Qué, son frecuentes los cortes programados, con interrupciones de dos horas, en ocasiones más; con el objetivo de realizar tareas de podas preventivas en árboles cercanos a las líneas de media y baja tensión.
Qué, se ha evidenciado que el criterio de cortes programados no contempla que nuestra comarca es mayormente turística-productiva y se realizaron en el inicio de la Fiesta de la Fruta Fina, en Semana Santa y fines de semana largo, cuando la afluencia turística aumenta.
Qué, los servicios públicos de agua, energía eléctrica, cloacas, gas y comunicaciones son esenciales para el desarrollo de las comunidades.
Qué la prestación adecuada de los mismos es vital en el ámbito de la salud, educación, turismo, comunicación, urbanismo, seguridad y desarrollo productivo y comercial.
Qué, en un servicio básico e imprescindible, como es la energía eléctrica, es necesario que las tarifas sean adecuadas a la realidad socio-económica de la región y acordes a la calidad del servicio brindado.
POR ELLO:
En uso de las facultades que le son propias
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE EL HOYO
sanciona con fuerza de
COMUNICACIÓN
Artículo N°1: Encomendar a la Dirección General de Servicios Públicos, a retrotraer el valor de las tarifas del servicio de energía eléctrica, al registrado en el mes de enero del corriente año.
Artículo N°2: Compensar los días en que el servicio no fue brindado, debido al corte de suministro, de acuerdo al registro que consta en los considerandos.
Artículo N°3: Encomendar a la Dirección General de Energía Eléctrica, Delegación Noroeste, se abstenga de cargar interés por mora en el abono del suministro eléctrico.
Artículo N° 4: Comunicar la presente a la Secretaría de Infraestructura energía y planificación de la Provincia del Chubut.
Artículo N°5: Comunicar la presente al Sr. Intendente Municipal César Fabián Salamín.
Artículo N°6: comunicar la presente a la Ministra de Producción Sra. Laura Mirantes.
Artículo N°7: Comunicar la presente a la Ministra de Turismo Sra. Leticia Gómez Hernández.
Artículo N°8: Invitar al Director General de Servicios Públicos, Ezequiel Suazo, a acercarse al Honorable Concejo Deliberante de El Hoyo, a la brevedad posible.
Artículo N°9: Regístrese, Comuníquese, Publíquese, y cumplido Archívese.
Dada en la sala de sesiones del Honorable Concejo Deliberante de la Localidad de El Hoyo en sesión ordinaria del día 02 de Julio de 2025.