Vivienda Alfredo Delgado a traves de IPV
VISTO:
La ley de Corporaciones Municipales XVI Nº 46, el Convenio ejecutivo para la construcción de una vivienda para el Sr. Alfredo Delgado y su grupo familiar, Y;
CONSIDERANDO:
Qué, el 21 de octubre del presente año se ha firmado un convenio ejecutivo para la construcción de una vivienda para el Sr. Alfredo Delgado y su grupo familiar, entre el Instituto Provincial de la Vivienda y Desarrollo Urbano y la Municipalidad de El Hoyo.
Qué, el Municipio ejecutará la obra, estableciéndose un plazo de ejecución de ciento ochenta (180) días corridos contados a partir del acata de inicio de obra.
Qué, el Instituto aportará la suma de pesos sesenta y cuatro millones seiscientos diez mil setenta y ocho con sesenta y un centavos ($64.610.078,61).
Qué, la Municipalidad ejecutará la obra por sí o por terceros.
Qué, el Municipio designará un personal técnico que será responsable de que las ejecuciones de los trabajos se efectúen de acuerdo al proyecto aprobado.
Qué, el monto que financiará el Instituto le será girado al Municipio una vez aprobada la documentación legal, técnica y se encuentre formalmente confeccionada en el acta de inicio de obra.
Qué es facultad de este cuerpo deliberativo ratificar el presente convenio y autorizar a crear las partidas correspondientes de ingresos y egresos.
POR ELLO:
En uso de las facultades que le son propias
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE EL HOYO
Sanciona con fuerza de
ORDENANZA
ARTÍCULO N°1. RATIFICAR, el convenio ejecutivo para la construcción de una vivienda para el Sr. Alfredo Delgado y su grupo familiar.
ARTÍCULO N°2: AUTORIZAR al Departamento Ejecutivo Municipal a crear las partidas presupuestarias de ingresos y egresos correspondientes para su cumplimiento.
ARTÍCULO N°3: Regístrese, Comuníquese, Publíquese y cumplido Archívese.
Dada en la sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de la Localidad de El Hoyo, a los 12 días del mes de Noviembre del año 2025.