Apoyo y acompañamiento al reclamo de los profesionales de la salud del Hospital Garrahan
VISTO:
La Ley de Corporaciones Municipales XVI N°46, y el reclamo de los Médicos Residentes del Hospital Garraham.
CONSIDERANDO:
El Hospital "Prof. Dr. Juan P. Garrahan" es el centro pediátrico de referencia en salud pública, gratuita y de alta complejidad de la Argentina. Y desde su inauguración, en el año 1987, dicha institución se encuentra comprometida con los valores de accesibilidad, equidad, ética, resiliencia organizacional, solidaridad, transparencia y responsabilidad social
Que, uno de los objetivos del Hospital Garrahan es promover e implementar estrategias de educación continua y evaluación destinadas a la adquisición, mejora y sostenimiento de las competencias profesionales del personal del hospital y de todo el equipo de salud, en pos de una atención de excelencia y basada en la seguridad y bienestar de los pacientes, además de entender en la gestión, evaluación, promoción y difusión de las investigaciones clínicas, y favorecer la producción científica de interés nacional y regional.
Que, desde sus inicios, el Hospital funciona en forma autárquica y es financiado en un 80 por ciento por el Estado nacional, mientras que el Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires aporta el 20 por ciento restante.
Que, el Hospital Garrahan se caracteriza por un alto grado de especialización de los talentos humanos, que totalizan más de 4200 trabajadoras y trabajadores, equipamiento de última generación y una atención basada en cuidados progresivos.
Que, este nosocomio dispone de 587 camas, de las cuales 132 corresponden a terapia intensiva. Cuenta con 20 quirófanos, 200 consultorios, áreas destinadas a Trasplantes, Neonatología y Unidad de Quemados, y el Centro de Atención Integral del Paciente Hemato-Oncológico. Tiene además Banco de Sangre, Células y Tejidos, Banco Público de Cordón Umbilical, Banco de Tumores y 14 Laboratorios. Además de un área de Imágenes e Intervencionismo, posee el único servicio de Radioterapia pediátrica pública, con un acelerador lineal.
Que, el Hospital es pionero en el desarrollo de la telesalud que desde 1997, capacita, forma equipos y atiende consultas en articulación con otras instituciones de salud a lo largo y ancho de la Argentina. A través de su Programa Garrahan Federal, fortalece esta red que ya cuenta con más de 300 centros de salud de todo el país, incluida la Antártida.
Que, el Hospital Garrahan es el principal centro de trasplantes pediátricos del país. Desde su fundación ha realizado más de 2.800 trasplantes. Esto representa el 55% de los trasplantes pediátricos de órganos sólidos en Argentina.
Que, se atienden derivaciones de todo el país; funciona como centro de referencia de alta complejidad pediátrica nacional, incluso para la atención privada.
Que, la renuncia de profesionales en todos los sectores, con muchos años de formación, se debe fundamentalmente a los bajos salarios de los Profesionales, en algunos casos por debajo de la canasta de pobreza, muy inferiores a los del ámbito privado y también de otras jurisdicciones sanitarias.
Que, La Fundación Garrahan, funda en 1997, la "Casa Garrahan" que tiene como objetivo ofrecer alojamiento a los chicos y sus madres que se atienden en el hospital, y su lugar de residencia esté a más de 100km, para que puedan seguir su tratamiento y, al mismo tiempo, no se sientan lejos de casa. La casa cuenta con 46 habitaciones, y recibe aproximadamente 1000 chicos por año.
Que, esta situación lleva semanas de conflicto, que incluyen paros y movilizaciones, y pone en riesgo la atención de los pacientes, lo que evidencia la crisis del sistema de salud pública.
Que, este Honorable Concejo desea expresar su solidaridad con el reclamo y llamar a la reflexión a las autoridades nacionales y de la Ciudad de Buenos Aires para que tomen las medidas necesarias para garantizar la atención de las necesidades de niños, niñas y adolescentes.
POR ELLO:
en uso de las facultades que le son propias
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE EL HOYO
sanciona con fuerza de
DECLARACIÓN
ARTÍCULO N°1: DECLARAR el apoyo y acompañamiento al reclamo de los Profesionales de la Salud del Hospital Pediátrico Dr. Juan P. Garrahan".
ARTÍCULO N°2: Comunicar la presente Declaración a la Honorable Legislatura de la Provincia de Chubut.
ARTÍCULO N°3: Comunicar la presente Declaración a la Secretaría de Salud de la Provincia de Chubut.
ARTÍCULO N°4: Comunicar la presente Declaración al Ministerio de Salud de la Nación.
ARTICULO N°5: Regístrese, Comuníquese, Publíquese y Cumplido Archívese.
Dada en la sala de sesiones del Honorable Concejo Deliberante de la Localidad de El
Hoyo en sesión ordinaria del día 18 de junio del año 2025. -