Modificación de Ordz. N° 03/96
VISTO:
La Ordenanza municipal Impositiva Nº003/96: y
CONSIDERANDO:
Que a la misma es necesario anexar rubros que se omitieron Las Tasas por Habilitaciones Comerciales;
POR ELLO:
Y en uso de las facultades que le son propias
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE
DE LA MUNICIPALIDAD DE EL HOYO
SANCIONA CON FUERZA DE
ORDENANZA
ARTICULO 1ro: Agregar en el Articulo 9no. De la Ordenanza impositiva Municipal Nº 003/96 los siguientes rubros.
RUBRO 1: COMERCIOS
ACTIVIDAD:
1) PROVEDURIA - $ 200
2) FORRAJERIA - $ 200
3) DEPOSITO DE BEBIDAS - $250
RUBRO 2: INDUSTRIAS
ACTIVIDAD:
1) TALLER ARTESANAL DE COSTURA - $100
RUBRO 3: SERVICIOS
ACTIVIDAD:
1) TRANSPORTE DE TURISMO - $250
2) TRANSPORTE ESCOLAR - $ 200
3) TRANSPORTE DE PRODUCTOS ALIMENTICIOS - $160
4) TRANSPORTE DE ALIMENTICIOS PANIFICADOS - $130
ARTICULO 2do: Para la habilitación Municipal de Transporte de Turismo y Transporte Escolar se deberá cumplir con los requisitos solicitados en el Artículo Nº27 de la Ordenanza impositiva Nº 003/96
ARTICULO 3ro: Para la habilitación comercial de transporte de productos alimenticios y transporte de alimenticios panificados se deberán presentar el Certificado de Bromatología que corresponda.
ARTICULO 4to: DE FORMA.
ORDENANZA MUNICIPAL Nº 11/96
EL HOYO (CHUBUT), 23 de febrero de 1996.