HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE

Municipalidad de EL HOYO

Provincia de CHUBUT

Hacer Lugar al reclamo de Tedesco Leonardo

VISTO:
La Ley de corporaciones Municipales 3098/88, el expediente 048/95, (Tedesco Leonardo), el dictamen legal sobre el mencionado expediente, el plano 14182, y;

CONSIDERANDO:
Que en el año 1991 el Sr. Leonardo Tedesco compro a, la Municipalidad de El Hoyo tres fracciones de tierras en parte del Lote 44 del ejido de El Hoyo

Que realizada la mensura y registrado en plano bajo el numero 14182, surgieron 4 fracciones denominadas 7,8,9 y 10, habiéndose generado esta división una calle entre las fracciones 7 y 9 que no estaba contemplada en las condiciones de compra

Que la fracción dividida no estaba gravada con anterioridad con ninguna servidumbre de paso y que la calle fue creada sin el consentimiento del propietario quien por el contrario cuestiono esta marcación

Que existe un callejón municipal que comunica los Lotes linderos atravez de los mojones.

Que los gastos que demande el reacondicionamiento del mencionado acceso será abonado por el Sr. Tedesco en forma voluntaria

POR ELLO:

El, HONORABLE CONSEJO DELIBERANTE DE
EL HOYO SANCIONA CON FUERZA DE

ORDENANZA

Artículo Primero: Hacer lugar al reclamo del Sr Leonardo Tedesco invalidando el plano que divide en fracción 7 y 9 y sustituyéndolo por otro que haga de las mismas una sola fracción

Artículo Segundo: Los gastos que generen el levantamiento, confección, registro de un nuevo plano y la reparación de la calle publica existente que pasa a través de los mojones 12, 1l, y 10 de la denominada fracción 9, correrán a cargo del Sr Leonardo Tedesco,

Artículo Tercero: De Forma.

Ordenanza: 063/96

El Hoyo, Chubut 10 de Octubre de 1996