HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE

Municipalidad de EL HOYO

Provincia de CHUBUT

Anexo Ordz. N° 45 / 1996

ORDENANZA MUNICIPAL N° 045/96 (ANEXO A)

REGLAMENTO DEL GIMNASIO MUNICIPAL

ARTICULO 1ro.: El presente reglamento tiene por objeto establecer un cuerpo normativo de cuya aplicación se obtenga el mejor y más adecuado uso y aprovechamiento del Edificio del Gimnasio Municipal.-

ARTICULO 2do.: El Gimnasio Municipal, inmueble del dominio Comunal, defínese como el conjunto de instalaciones apropiadas para la práctica de variadas disciplinas deportivas y para la realización de todo tipo de eventos culturales, deportivos y educativos, siempre y cuando sean compatibles con las instalaciones existentes y no se contrapongan a las normas del presente reglamento.-

ARTICULO 3ro.: Todo habitante de la ciudad de El Hoyo tiene derecho de participar de las actividades programadas del Gimnasio Municipal y de integrar las comisiones que se constituyan para el mejor uso y aprovechamiento de sus instalaciones, en las condiciones y bajo los recaudos que se prevén en este reglamento.-

ARTICULO 4to.: Podrá solicitar el uso de las instalaciones todohabitante de El Hoyo, mayor de edad, con domicilio en El Hoyo, que se encuentre registrado como contribuyente municipal. Igualmente podrán solicitarlo aquellas instituciones y/o comisiones que se encuentren reconocidas por la Municipalidad

ARTICULO 5to.: Los valores del alquiler de las instalaciones del Gimnasio Municipal, para la realización de distintos eventos que se lleven a cabo en el mismo, serán los siguientes:
ACTIVIDADES DEPORTIVAS (Por hora)-$6.00.-
BINGO- $200.00.-
BAILE-$70.00.
EVENTOS SOCIALES PARTICULARES- $200.00.-

ARTICULO 6to.: Las instituciones no pertenecientes a la localidad, que soliciten el salón del Gimnasio Municipal deberán pagar un veinte por ciento (20%) más sobre los valores establecidos.-

ARTICULO 7mo.: establézcase como principio general el libre acceso del público como espectador en aquellas actividades cuya practica o realización no merezca privacidad, sea por disposición expresa del ente organizador o por la naturaleza misma de la actividad.-

ARTICULO 8vo.: Los actos de indisciplina cometidos dentro del edificio del Gimnasio Municipal que interfieran el normal desarrollo de la actividad y que como tales constituyan agresiones físicas, verbales, amenazas y cualquier otra forma de atentar contra el buen orden, serán sancionados con la privación del uso y acceso a las instalaciones por un término mínimo de siete (7) días y máximo de seis (6) meses, graduables en función de la gravedad de la indisciplina.-

ARTICULO 9no: Aquella persona que, intencionalmente, ocasione daños materiales en las instalaciones y/o elementos deportivos serán sancionados con la privación del uso y acceso a las instalaciones por un lapso no inferior a tres (3) meses ni mayor de (3) años; ello sin prejuicio de repará los daños ocasionados.

ARTICULO 10mo.: Las sanciones indicadas precedentemente serán aplicadas por resolución fundada del Honorable Concejo Deliberante ante quien se podrá interponer recurso de reconsideración dentro de las 48 Horas de notificado, siendo la decisión que se tome al respecto inapelable.-

ARTICULO 11vo.: Las solicitudes para uso del Gimnasio en actividades o eventos no programaticos deberán presentarse al Intendente Municipal con una antelación mínima de cinco (5) días, concediéndose el uso por riguroso orden de presentación.-

ARTICULO 12vo.: El presente reglamento deberá ser expuesto en lugar visible y tendrá vigencia a partir de los cinco (5) días de aprobado por Ordenanza Municipal.-

EL HOYO, CHUBUT, 09 de Agosto de 1996 H.C.D