HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE

Municipalidad de EL HOYO

Provincia de CHUBUT

Adj. en venta al Sr. Guillermo Rances

VISTO:
Los planes de vivienda que se están tramitando a través de este Municipio, la Ley de Corporaciones Municipales N° 3098; y,

CONSIDERANDO:
Que, el Sr. Lucas Guillermo RANCES, D.N.I. N° 11.516.044, a pesar de ser real y pacífico ocupante de una superficie denominada catastralmente como Lote 37a, Fracción 3 de este ejido municipal, no tiene regularizada la tenencia de la tierra;

Que, la tierra en cuestión es fiscal y corresponde a este municipio;

Que, corresponde dictar una norma que faculte al ejecutivo a reconocer y adjudicar las superficies mencionadas a quien corresponda y a los fines de concretar el trámite realizado ante el Instituto de la Vivienda.

POR ELLO:
Y en uso de las facultades que le son propias

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE
DE LA LOCALIDAD DE EL HOYO SANCIONA CON FUERZA DE

ORDENANZA

ARTICULO 1ro: Adjudicar en venta al Sr. LUCAS GUILLERMO RANCES, D.N.I. No 11.516.044, en su condición de real y pacífico ocupante de la superficie que le corresponde según croquis de ubicación que figura en el legajo con la respectiva documentación de cada uno y cuyo trámite es requerido para la obtención del Crédito destinado a la construcción de su vivienda familiar en el predio

ARTICULO 2do: Autorizar al adjudicatario a realizar, a su costa y cargo, la pertinente mensura.-

ARTICULO 3ro.: Cumplilmentado lo establecido en la Ordenanza de Tierra, se autoriza al Ejecutivo a gestionar el correspondiente Título de Propiedad de cada adjudicatario.-

ARTICULO 4to: De forma.-

ORDENANZA MUNICIPAL N° 05/98 HCD MEH

Dada en la sala del Honorable Concejo Deliberante de El Hoyo en sesión de fecha 02 de Marzo de 1998.-