Fecha recolección voluntaria de basura
VISTO:
La Ordenanza Nº 025/97 MEH y la Ley de Corporaciones Municipales N° 3098, y
CONSIDERANDO:
Que, en la Ordenanza N° 025/97 MEH se consideran aspectos que hacen al desorden, acumulación de basura o desechos que se arrojan o quedan como consecuencia de campamentos, algún tipo de tarea o acontecimiento que se realiza en espacio de uso público;
Que, la Comisión de Cultura Municipal se ha movilizado, junto a un grupo de vecinos en una campaña de recolección de basura y permanente prevención;
Que, surge a partir de esta iniciativa y como una forma de agasajar a la localidad la idea de formalizar en su mes aniversario una fecha como DÍA DE LA LIMPIEZA, alentando a que ese día se realice una recolección colectiva de basura en espacios de uso público;
Que, se debe sancionar a quien cometa infracciones a las normas de seguridad e higiene en espacios de uso público;
POR ELLO:
Y en uso de las facultades que le son propias
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE
DE LA LOCALIDAD DE EL HOYO
SANCIONA CON FUERZA DE
ORDENANZA
Artículo 1º: Declárese de Interés Municipal las acciones que realicen grupos organizados de vecinos en materia de recolección de residuos y basura arrojadas en espacios de uso público.
Articulo 2º: Prohíbase la entrada de residuos o basura de origen extra municipal sin previa autorización de organismo competente.
Articulo 3º: Prohíbase arrojar desperdicios, basuras escombros en espacios de uso público y fuera de aquellos lugar autorizado para tal fin.
Artículo 4°: Institúyase como fecha de limpieza y recolección voluntaria de basura y residuos, en el ejido municipal de El Hoyo, el primer domingo del mes de septiembre de cada año.
Artículo 5°: En la Ordenanza impositiva se deberán fijar los valores de las sanciones que correspondan por infracción a la presente norma.
Artículo 6°: Regístrese, Comuníquese y Cumplido ARCHÍVESE.
ORDENANZA 036/ 98 M.E.H
Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de El Hoyo, a los 31 días del mes de Agosto de 1998