HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE

Municipalidad de EL HOYO

Provincia de CHUBUT

Plan de pago red de Cloacas - Conexión de Red Domiciliaria

VISTO:
La ejecución de las Redes de Cloacas en sectores del radio urbano de la localidad y la puesta en marcha de la planta Depuradora de líquidos Cloacales, y

CONSIDERANDO:
Que dicho servicio origina una mejora sustancial en la calidad de vida de los vecinos servidos, aumentando las condiciones de sanidad y salubridad de la población.

Que para materializar estos servicios tramitados por años, hoy se hace imprescindible la conexión a la red de los frentistas beneficiados por la Obra.

Que todos los frentistas deben afrontar la exigencia municipal realizando la debida conexión a la red.

Que el debido uso de estas instalaciones es un factor Importante en la preservación del medio ambiente.

POR ELLO:
Y en uso de las facultades que le son propias

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE
DE LA LOCALIDAD DE EL HOYO
SANCIONA CON FUERZA DE

ORDENANZA

ARTICULO 1ro.: Declarase la obligatoriedad de la conexión domiciliaria a la red de desagües Cloacales a todos los frentistas afectados por las obras de red Cloacales que se habiliten en la localidad.

ARTICULO 2do: Se tendrá como plazo máximo para la conexión doce meses a partir de la habilitación de la red municipal.

ARTICULO 3do: El Departamento Ejecutivo a través del área que corresponda deberá arbitrar los medios para asesorar y dirigir las obras de conexión que correspondan como así el debido registro a los fines de la conexión y uso generalizado del servicio.

ARTICULO 4ro: Se establece el sistema de amortización de la Obra en concepto de titular de predio o habitante frentista beneficiado con el servicio de la red de cloacas conforme al plan de pago que corre como anexo I de la presente.

ARTICULO 5to. Autorizar al Sr. Intendente Municipal a celebrar convenlos con los usuarios conforme al plan de pago que estos elijan.

ARTICULO 6to: El Dto. Ejecutivo deberá poner a consideración del Honorable; Concejo Deliberante, los casos de familias carenciadas que no cuenten con recursos económicos para conectarse a la Red.

ARTICULO 7mo.: Regístrese, Comuníquese y cumplido ARCHÍVESE.-

ORDENANZA 044/98 H.E.H.

Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de El Hoyo, a fecha 28 del mes de octubre de 1998.-