Condonar intereses de impuestos y tasas Municipales
VISTO:
La difícil situación financiera por la que atraviesa el Municipio y la Ley 3098 y,
CONSIDERNADO:
Que corresponde a la Municipalidad afrontar gastos permanentes de funcionamiento para atender necesidades cotidianas de la comunidad,
Que se observa un importante índice de deudores morosos con el municipio.
Que es oportuno y necesario implementar un mecanismo tendiente a efectuar una pronta y mayor recaudación que la normal,
POR ELLO:
Y en uso de las facultades que le son propias
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE
DE LA LOCALIDAD DE EL HOYO
SANCIONA CON FUERZA DE
ORDENANZA
Artículo 1°: Facultar al Ejecutivo Municipal a condonar los intereses que le corresponden por mora a quienes efectúen el pago de impuestos y tasas municipales atrasados.
Artículo 2°: Los descuentos que figuran en el artículo precedente se aplicaran solo a quienes procedan a cancelar de contado deudas antes del 31 de enero de 1999.
Artículo 3°: Regístrese, Comuníquese y cumplido ARCHÍVESE. -
ORDENANZA 059/98. M.E-H.
Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de El Hoyo, a los días 22 del mes de Diciembre de 1998.