Autorizar venta de Fracc. Lotes N° 42 y 43
VISTO:
La Ley de corporaciones Municipales N°3098/88:
CONSIDERANDO:
Que el Señor Fabian Ulises YANZON ocupa pacíficamente las fracciones identificadas como N°s. 2 y 3, del fraccionamiento de los Lotes N°42 y 43, de la Sección El Hoyo; según plano de Mensura N°12.759 Protocó1izado N°134* Folio 19 – D.CyG
Que en reiteradas oportunidades ha solicitado la adjudicaci6n en venta de las citadas fracciones.—
Que por Ordenanza Municipal N°016/90 se faculta al Poder Ejecutivo al fraccionamiento y venta de las tierras que componen los lotes N°.42 y 43 de la sección El Hoyo, d6nde está ubicada la ocupación del Sr. YANZON.
Que es viable obviar la cláusula que impone restricciones al uso del bosque en el citado lugar
Que EL Poder Ejecutivo Municipal ha suscripto Boleto de Compraventa con el Sr. YANZON,
Que No existen impedimentos para aprobar la citada operación
POR TODO ELLO:
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE EL HOYO,
EN USO DE LAS FACULTADES POR LEY
SANCIONA CON FUERZA DE
ORDENANZA:
ARTICULO PRIMERO: Autorizase la Venta de las fracciones de tierra identificadas Como N°2 y 3, resultantes del fraccionamiento de los Lotes N°42 y 43 de la Sección El Hoyo; según Plano de Mensura N° 12759, Protocolizado al N° 134—Fo1io 19—Expediente N° 230/90 – Direcc. C.G. Provincial
ARTICULO SEGUNDO: Fijase el precio de la tierra en: 5.616 Módulos Municipales para la Fracción N°2; y en 3.856 Módulos Municipales para la fracción N°3, en concordancia con la Ordenanza Municipal N°062/89.
ARTICULO TERCERO: Apruebasé el Boleto de Compraventa, tal como ha sido suscripto por el Sr. Intendente Municipal y el Sr. Fabian Ulises YANZON, en todas sus cláusulas y condici6nesa
ARTICULO CUARTO: REGISTRESE, NOTIFIQUESE Y CUMPLIDO ARCHIVESE.
DADA EN LA SALA DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA
MUNICIPALIDAD DE EL HOYO A LOS 18 DIAS DEL MES DE FEBRERO DE 1994.
ORDENANZA MUNICIPAL N° 006/94