Vencimiento de Inmobiliario y Automotor
VISTO:
La necesidad de establecer un cronograma de vencimientos para el pago de las tasas por Servicio Retributivos, Impuesto Inmobiliario, Derecho de ocupación, Patente Automotor y Tasas de habilitación e Inspección de Salubridad Higiene;
CONSIDERANDO:
Que los vencimientos han de ser bimestrales, facilitándose de esta forma su liquidación y pago por el contribuyente
POR ELLO:
Y en Uso de las facultades que le son propias
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE
SANCIONA Y PROMULGA CON FUERZA DE
ORDENANZA
ARTICULO 1ero: ESTABLECESE, para el ejercicio fiscal 1994 el siguiente cuadro de vencimiento:
A) PATENTE AUTOMOTOR, TASAS POR SERVICIOS RETRIBUTIVOS; en cuatro (4) cuotas con vencimiento el 20 de abril, 17 de Junio, 12 de agosto y 14 de Octubre de 1994.
B) IMPUESTO INMOBILIARIO, DERECHO DE OCUPACION, TASAS DEHABILITACION E INSPECCION DE SALUBRIDAD E HIGIENE: en cuatro (4) cuotas can vencimiento el 13 de mayo, 15 de Julio, 16 de Septiembre y 11 Noviembre 1994.
ARTICULO 2do: NOTIFIQUESE, regístrese, dese a publicidad y cumplido ARCHIVESE.
ORDENANZA N° 011/94
EL HOYO, CHUBUT, 18 DE MARZO DE 1994