HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE

Municipalidad de EL HOYO

Provincia de CHUBUT

Deslinde Lote 61a - Lobos Armando

VISTO:
la Ley de corporaciones Municipales número 3098/88" Y;

CONSIDERANDO:
Que el Expediente 17596, mediante el cual el ciudadano Armando Lobos, gestiona la aprobación de la mensura del lote número 61a Fracción 1 con una superficie de 3 Ha. 05 a. 76 c.-

Que obran constancias en el referido expediente de haberle sido adjudicada en venta dicha tierra por Resolución D- 227— IAC— en fecha 12 de Junio del año 1986.

Que asimismo a fojas 12) del expediente "ut—supra" consta que la tierra ha sido cancelada.

Que resulta menester exceptuar la adjudicación y aprobación de mensura de deslinde de lo preceptuado por Ordenanza número 36/85

POR ELLO:
EN USO FACULTADES QUE SON PROPIAS EL CONCEJO
DELIBERANTE DE LA MUNICTPALIDAD DE EL HOYO
SANCIONA CON FUERZA DE:

ORDENANZA:

ARTICULO 1° Exceptuase de los términos de la ordenanza número 36/85" la mensura de deslinde en el lote 61a. Fracción 1) otorgado en venta al Ciudadano Armando LOBOS.

ARTICUIO 2°: De Forma

El Hoyo, 27 de Mayo de 1994

ORDENANZA N° 32/94