HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE

Municipalidad de EL HOYO

Provincia de CHUBUT

Creación del Código Ambiental Municipal

VISTO:
El medio ambiente y su preservación, Y;

CONSIDERANDO:
Que el Municipio tiene facultades para dictar normas al respecto.

Que la medida debe prevenir anticipándose a la generación de problemas que pueden causar daños irreparables en el medio ambiente.

Que seguramente serán importantes los aportes de entes con experiencia o personas idóneas en el tema para la elaboración del proyecto a considerar

POR ELLO:

EL CONCEJO DELIBERANTE DE EL HOYO,
EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS
SANCIONA LA PRESENTE:

ORDENANZA:

ARTICULO 1°: A los fines de confeccionar en Código Ambiental Municipal el Departamento Ejecutivo deberá requerir de otros municipios u organismos del área antecedentes o documentación que servirá de guía para elaborar el proyecto de Ordenanza a tratar.

ARTICULO 2°: Los antecedentes que fundamenten el proyecto según el Artículo anterior deberán remitirse a este cuerpo en un plazo de noventa días de puesta en vigencia la presente.

ARTICULO 3°: El proyecto deberá contemplar prevenir y corregir las actividades susceptibles de contaminar el aire, suelo, agua, erosión y degradación. Como así preservar el paisaje protegiendo la fauna, flora y recursos naturales dentro de actividades sustentables y equilibradas.

ARTICULO 4to: De forma

ORDENANZA N° 064 /94.

Dada en la sala de sesiones del H.C.D. el día 19 de Agosto de 1994