Iniciar Obras - Plan de viviendas Rurales
VISTO:
La Ley de Corporaciones Municipales número 3098/88", y la Ordenanza Municipal número 80/94. Y;
CONSIDERANDO:
Que la mencionada Ordenanza Municipal, legitima la utilización de fondos para la construcci6n de un Plan de viviendas rurales en cantidad de trece (13) unidades.
Que se ha recepcionado la trasnferencia Bancaria para la construcción de las cinco (5) primeras unidades habitacionales.
Que resulta necesario iniciar la obra de las citadas cinco unidades y adjudicarlas conforme lo determina el convenio celebrado oportunamente por parte de esta Municipalidad con el Gobierno Provincial
Que el Departamento ejecutivo deberá efectuar esas adjudicaciones por Resolución respectiva
POR ELLO:
EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS
EL CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD DE EL HOYO
SANCIONA CON FIERZA DE
ORDENANZA
ARTICULO 1°: Autorizar al Departamento ejecutivo para efectuar por Resolución las adjudicaciones pertinentes de las primeras cinco unidades habitacionales, indicadas en la Ordenanza 80/94 MEH y poner en marcha las obras correspondientes.
ARTICULO 2°: REGISTRESE, TOME CONOCIMIENTO EL EJECUTIVO MUNICIPAL Y CUMPPLIDO QUE SEA ARCHIVESE
Municipalidad de El Hoyo Diciembre de 1994
ORDENANZA NUMERO 92/94 MEH